Qué es el mandato especial para que otra persona compre o venda un vehículo a tu nombre, qué datos necesita, por qué se firma ante notario y cómo se inscribe la transferencia en el Registro Civil.
¿Qué es un mandato para compraventa de vehículo?
El mandato es el contrato por el cual una persona (el mandante) encarga a otra (el mandatario) realizar una gestión a su nombre. Está regulado por los artículos 2116 y siguientes del Código Civil. Cuando el encargo es comprar o vender un vehículo, hablamos de un mandato especial de compraventa de vehículo.
Sirve, por ejemplo, cuando el dueño no puede ir personalmente a hacer el trámite y autoriza a un familiar, a un automotora o a un tercero de confianza.
¿Para qué facultades sirve?
- Comprar o vender el vehículo y fijar el precio.
- Firmar el contrato de compraventa y recibir o pagar el precio.
- Realizar los trámites ante el Registro Civil, el SII y la Municipalidad.
- Autocontratar, cuando así se autoriza de forma expresa.
¿Qué datos del vehículo se necesitan?
- Placa patente
- Marca, modelo y año
- Número de motor y número de chasis
- Color y tipo de combustible
Estos datos identifican el vehículo de forma única y evitan errores al inscribir la transferencia.
¿Por qué se firma ante notario?
El mandato para disponer de un vehículo se otorga por escritura pública ante notario. Así queda con fecha cierta y plena validez frente a terceros y frente al Registro Civil. La transferencia del vehículo, a su vez, se rige por la Ley N° 18.290 (Ley de Tránsito) y debe inscribirse en el Registro de Vehículos Motorizados.
Diferencia con la compraventa
El mandato no transfiere el vehículo: sólo autoriza a alguien a hacer el trámite por ti. La transferencia ocurre con el contrato de compraventa y su posterior inscripción en el Registro Civil. Muchas veces se usan los dos documentos: primero el mandato, luego la compraventa.
ContratosLab lo calcula automáticamente conforme al Código del Trabajo. Gratis, sin registro.
Generar en 5 minutos